Prohiben en Cuba negocios privados en primera línea de fachada
Progresivamente los cuentapropistas están siendo informados de que deben desmantelar en un plazo de hasta treinta días las estructuras construidas para la actividad comercial
Detalles de la medida
Se trata de la Resolución 59, aprobada por los Consejos de Administración Municipal –CAM-. La disposición se vincula a reformas urbanísticas concebidas para corregir violaciones a la planificación física citadina, y en los primeros compases se aplica prioritariamente a los dueños de cafeterías y paladares ubicadas en portales o superficies que limitan con aceras y calles, según informó desde el anonimato una inspectora del Instituto Provincial de Ordenamiento Territorial, entidad que rectora la puesta en marcha y cumplimiento de dicha ley.