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TPS

Beneficiarios de TPS que entraron ilegal no podrán optar por la residencia permanente

Por unanimidad (9-0) los magistrados señalaron que la Ley de Inmigración y Nacionalidad establece que la elegibilidad para el estatus de residente generalmente requiere una "admisión" en el país, definida como "la entrada legal", y que el beneficio humanitario no elimina "el efecto de una entrada ilegal"

La Corte Suprema de Justicia falló este lunes que los titulares del Estatus de Protección Temporal (TPS) y que entraron ilegalmente al país, no son elegibles para convertirse en residentes legales permanentes y por consiguiente, tener acceso a la ’green card’.

En una decisión unánime (9-0) los magistrados señalaron que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INE) establece que la elegibilidad para el estatus de residentes permanentes generalmente requiere una "admisión" en el país, definida como "la entrada legal del extranjero en Estados Unidos después de la inspección y autorización de un oficial de inmigración".

Por ello, determinaron que el TPS “no elimina el efecto de esa entrada ilegal” (en aquellos casos donde el titular del beneficio entró a Estados Unidos sin autorización).

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