El Tribunal de Apelaciones sentenció que el permiso de uso otorgado por un profesional autorizado para una construcción en el área del Camino del Indio, perteneciente a la Reserva Nacional de Investigación Estuarina Bahía de Jobos, en Salinas, es nulo.
La Junta de Planificación (JP) realizó una auditoría sobre ese permiso tras recibir una querella en enero de 2022 por destrucción ambiental, construcciones ilegales y permisos fatulos en esa zona. Esta sentencia del Apelativo ratifica la posición que asumió la junta en la auditoría del 30 de noviembre y que apuntaba a que el permiso otorgado por el ingeniero Ángel Rodríguez Sánchez no procedía.
“Evaluada la totalidad de la prueba presentada, concluimos que la determinación de la Junta de Planificación fue correcta. La parte recurrente no aportó evidencia suficiente, para derrotar la presunción de corrección que caracteriza la decisión del foro administrativo. Es importante enfatizar que, al desempeñar nuestra función revisora, estamos obligados a considerar la especialización, experiencia y las cuestiones propias de la discreción o pericia de las agencias administrativas”, detalla la resolución.
El presidente de la Junta de Planificación, Julio Lassús Ruiz, reaccionó ayer a la determinación de ese foro judicial en un comunicado de prensa.
“El Tribunal discutió varias de las deficiencias encontradas en el proceso de otorgamiento del Permiso de Uso Núm. 2019-279203-PUS-065158, incluyendo el hecho de que las obras cubiertas por el permiso no podían ser aprobadas por un profesional autorizado, ya que el 98% del predio del terreno objeto del permiso ubica en una zona costanera clasificada como Distrito de Preservación de Recurso sobre la cual no se permitirá construcción alguna, salvo aquellas relacionadas con estudios científicos. Por tanto, el profesional autorizado falló en la función de aprobar un permiso en una zona restringida”, explicó el presidente de la JP.
La auditoría efectuada por la junta se inició mediante una solicitud por parte del consorcio (CCVS), luego de haber identificado varias inconsistencias respecto al permiso expedido. Es pertinente aclarar que el Consorcio CCVS es la entidad con jurisdicción sobre los permisos que concernientes al Municipio de Salinas, en virtud del Convenio de Transferencia de Facultades.
Lassús Ruiz se mostró complacido con el dictamen del tribunal e indicó que “lo resuelto por el Tribunal valida los procesos de fiscalización y auditoría que continuamente realiza la Junta de Planificación”.
“Luego de esta determinación judicial, el Consorcio CCVS deberá solicitar ante el Tribunal de Primera Instancia la revocación del Permiso de Uso. Al presente, la Junta de Planificación está llevando a cabo el proceso administrativo correspondiente para sancionar la actuación del profesional autorizado”, sentenció.
EL VOCERO procuró contactar a Rodríguez Sánchez, pero al cierre de esta edición no se logró respuesta. Sin embargo, en mayo de 2022 el ingeniero presentó un escrito en el que fijó posición con respecto a la auditoría de la JP.
En el documento argumentó que no se trata de una nueva localización o construcción porque en el predio existía un contador de energía eléctrica y una toma de agua, las cuales requieren un permiso previo. Además, señaló que la auditoría de la JP es parcial porque no atiende el origen de la comisión, que estaba incompleta y acelerada, y que a la escritura utilizada para la misma le faltaban partes.
Igualmente, sostuvo que solicitó reunirse con la JP para discutir la ausencia de información de permisos previos y que se encontraba en desventaja para defenderse porque la junta es quien custodia la información histórica.
FUENTE: elvocero.com