Una medida que busca establecer la Ley de Control y Regulación de Ruidos de Puerto Rico prohibiría el ruido que emite una planta eléctrica en periodo nocturno cuando esta exceda los 90 dB de presión sonora.
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Prohibirían uso de plantas eléctricas ruidosas
Entre las 10:01 p.m. y las 6:59 a.m.
El periodo nocturno se contemplaría entre las 10:01 p.m. hasta las 6:59 a.m. del día siguiente. A estos ruidos, considerados contaminación bajo la ley, no se les establece una distancia mínima para su emisión más bien ahora se acomodarán por zonas permitidas y periodos prohibidos.
El autor del Proyecto del Senado 721 y senador por el distrito de Ponce, Nelson Cruz Santiago, detalló que “ante las circunstancias actuales que atraviesa el País, era necesario atemperar la ley a la realidad que vivimos”.