Los representantes José “Quiquito” Meléndez, Ramón L. Cruz Burgos y Héctor E. Ferrer Santiago radicaron el Proyecto de la Cámara 677, para enmendar el Código Penal de Puerto Rico y disponer que toda persona que —a propósito o temerariamente— detenga u obstruya el tránsito en una autopista será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años.
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Proponen tres años de cárcel por obstruir autopistas
La iniciativa del grupo de legisladores surge tras la indignación de un sinnúmero de ciudadanos que se vieron atrapados y afectados el pasado 18 de abril
La iniciativa del grupo de legisladores surge tras la indignación de un sinnúmero de ciudadanos que se vieron atrapados y afectados el pasado 18 de abril, cuando cientos de motoristas paralizaron el expreso PR-22 tras una convocatoria en las redes sociales. El grupo de motoristas obstaculizó el tránsito mientras los conductores permanecían sin poder tomar acción o moverse del lugar.
Aunque la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico indica en su Artículo 6.23 que “…nadie podrá parar, detener, o estacionar un vehículo o dejarlo abandonado en las vías públicas en forma tal que estorbe u obstruya el tránsito o cuando por circunstancias excepcionales se hiciere difícil el fluir del mismo”, esta disposición solo conlleva una multa de $100.
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