El régimen de Cuba podría condenar entre cuatro y 10 años de privación de libertad a quienes, según sus consideraciones, reciban financiamiento del extranjero para apoyar acciones contra el Estado cubano, de acuerdo con un anteproyecto del Código Penal que el Tribunal Supremo Popular publicó en su página web el pasado 20 de enero.
En Cuba podrían poner condenas de entre 4 a 10 años por recibir una recarga al celular del exterior
En el capítulo V (Otros actos contra la Seguridad del Estado), en el artículo 143, se establece que: "Quien, por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un Estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional, incurre en sanción de privación de libertad de cuatro a diez años”.
Mientras tanto el artículo 144 plantea que “quien al tener conocimiento de la preparación o ejecución de cualquier delito contra la Seguridad del Estado, no lo denuncie, sin perjuicio de tratar de impedirlo por todos los medios a su alcance, incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años”.