Cuba permitirá farmacias privadas y flexibiliza restricciones al sector no estatal
El régimen cubano aprobó una de las reformas económicas más significativas de los últimos años al autorizar que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas y las cooperativas no agropecuarias puedan ofrecer servicios farmacéuticos, ópticos, de rehabilitación y cuidados personales bajo licencia estatal.
La medida quedó establecida en el Decreto 160/2026, publicado en la Gaceta Oficial No. 62, que sustituye la normativa anterior y amplía las actividades permitidas para los actores económicos no estatales en medio de la profunda crisis económica que atraviesa la isla.
Las farmacias privadas regresan a Cuba, pero bajo estricto control estatal
Hasta ahora, los servicios farmacéuticos estaban expresamente prohibidos para el sector privado.
Con la nueva legislación, estas actividades pasan a ser consideradas "autorizables o condicionadas", lo que significa que podrán ejercerse únicamente después de obtener las licencias y autorizaciones emitidas por el Ministerio de Salud Pública (MINSAP).
Sin embargo, esta actividad estará fuertemente regulada y solo podrá desarrollarse mediante asociaciones con la industria biofarmacéutica estatal y con autorización expresa del Ministerio de Salud Pública y del organismo regulador correspondiente.
La producción farmacéutica continuará siendo considerada un sector estratégico bajo supervisión gubernamental.
Una respuesta a la crisis de medicamentos en Cuba
La flexibilización ocurre en un contexto de grave escasez de medicamentos que afecta a la población cubana desde hace varios años.
Las propias autoridades sanitarias han reconocido reiteradamente que el abastecimiento del cuadro básico de medicamentos permanece muy por debajo de la demanda nacional, mientras las farmacias estatales continúan enfrentando faltantes de productos esenciales.
La nueva política busca ampliar la participación del sector privado sin renunciar al control estatal sobre una actividad considerada sensible.
Las nuevas farmacias privadas no abrirán de inmediato
Aunque el decreto elimina la prohibición general, la apertura de farmacias privadas no será automática.
El Ministerio de Salud Pública dispone de siete días para definir los procedimientos, requisitos técnicos, licencias y mecanismos de supervisión que deberán cumplir las empresas interesadas.
La norma entrará oficialmente en vigor el próximo 4 de agosto de 2026, fecha a partir de la cual comenzará el proceso de implementación.
La minería también se abre al sector privado
El Decreto 160/2026 forma parte del paquete de reformas económicas impulsadas por el Gobierno cubano y también flexibiliza otras actividades consideradas estratégicas.
Entre ellas figura la apertura de determinadas actividades relacionadas con la minería y otros sectores productivos mediante autorizaciones específicas, ampliando el espacio de participación de las mipymes dentro del modelo económico estatal.
Estas medidas se integran a las 176 reformas económicas aprobadas por la Asamblea Nacional con el objetivo de dinamizar una economía marcada por la inflación, la caída de la producción y el desabastecimiento.