La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) controla celosamente el pago mensual de los impuestos por parte de los ciudadanos cubanos que ejercen el trabajo por cuenta propia.
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De igual forma, esa instancia adscripta al Ministerio de Finanzas y Precios les exige a los cuentapropistas la presentación de una Declaración Jurada de Ingresos Personales al final de cada periodo fiscal, con el correspondiente pago adicional para muchos de ellos. Y si en la referida declaración jurada la ONAT considera que hubo una subdeclaración de ingresos, sobrevienen los recargos y las multas para los infractores.
Semejante desvelo oficial hacia el cumplimiento de los deberes asignados a los trabajadores por cuenta propia, sin embargo, no se corresponde con la actitud gubernamental hacia el reconocimiento de los derechos que le asisten a esos trabajadores no estatales. Específicamente lo relacionado con la aceptación de los gastos de los cuentapropistas en el desempeño de su labor.
Ningún trabajador por cuenta propia puede reflejar en su declaración jurada la totalidad de sus gastos, aun si esas erogaciones están amparadas por facturas provenientes de establecimientos estatales. Se establece un límite máximo de gastos por tipo de actividad. Por ejemplo, el 50% de los ingresos brutos para los elaboradores-vendedores de alimentos, y el 40% para los taxistas. Esas categorías ocupacionales son las más favorecidas en cuanto al reconocimiento de los gastos, pues a buena parte de las actividades solo se le admite un 10%. Y la situación se torna más crítica si el cuentapropista no obtiene dichas facturas, ya que en esos casos los porcentajes de gastos permitidos pueden reducirse a la mitad. Lógicamente, si de los ingresos brutos se deducen menos gastos que los reales, entonces los impuestos a pagar serán mayores.
Visitamos una cafetería-paladar en el municipio Plaza de la Revolución. Su propietario afirma que trata de comprar la mayor parte de sus insumos en las Tiendas Recaudadoras de Divisas (TRD), y así recibir las facturas que amparan sus gastos. Pero también se ve forzado a adquirir el pan, las frutas, las viandas y la carne de cerdo, entre otros, en comercios que no emiten facturas. Y apunta este cuentapropista lo que le sucedió el año pasado: "Imagínense, que no llegué a justificar con facturas o vales de compra ni la mitad de mis gastos, y entonces la ONAT se negó a rebajarme del ingreso bruto el 50% por concepto de gastos. Únicamente me dedujeron el 25%. Algo realmente abusivo".
Hasta el momento no hay indicaciones de que tal estado de cosas vaya a cambiar para la próxima campaña de presentación de las declaraciones juradas durante los meses de enero a abril de 2015. Los funcionarios de la ONAT insisten en que hay muchos trabajadores por cuenta propia que no pueden demostrar con evidencias el 100% de sus gastos, por lo que se hace necesario mantener el ya mencionado porcentaje de gastos permitidos por tipo de actividad. Sería algo así como "pagar los justos por los pecadores".
Es difícil que un sistema tributario funcione eficientemente si no existe determinada armonía entre autoridades y contribuyentes. En el caso cubano se impone que las primeras comprendan que los segundos no solo tienen deberes, sino también derechos.
FUENTE: Diario de Cuba
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