Los hijos de padres cubanos nacidos en el extranjero y que apliquen a la Ley de Ajuste Cubano pudieran no recibir un documento que hoy exige Estados Unidos para este beneficio: la Carta de Ciudadanía.
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SUSCRIBITELos hijos de padres cubanos nacidos en el extranjero y que apliquen a la Ley de Ajuste Cubano pudieran no recibir un documento que hoy exige Estados Unidos para este beneficio: la Carta de Ciudadanía.
La razón para negársela es que sus padres o el aplicante hayan actuado contra el régimen cubano.
El Decreto 252 que entró en vigor en enero del 2018 en Cuba establece el requisito de la Carta de Ciudadanía para para personas que nacieron en el extranjero de padres cubanos.
El abogado de inmigración Angel Leal considera que esto viola principios legales de la ciudadanía.
El Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior en Cuba es quien tiene el poder de en un mes dar o no la Carta de Ciudadanía a los hijos de cubanos nacidos en el extranjero.
El proceso pasa por la aprobación de un certificado de nacimiento dado por lo que el régimen llama el registro de actos y hechos de cubanos en el exterior que se tramita en los consulados de la isla.
Pero si la persona que pide la Carta de Ciudadanía es mayor de edad, tiene que demostrarle además al régimen que tienen vínculos con Cuba como mínimo en los últimos dos años previo al trámite y aprobar un examen de ciudadanía para comprobar si habla y entiende el español y conoce, entre otros puntos, los fundamentos políticos y económicos e históricos y las principales figuras del régimen cubano.
FUENTE: Rolando Nápoles / Americateve.com
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