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SUSCRIBITEDetalles de la medida
Se trata de la Resolución 59, aprobada por los Consejos de Administración Municipal –CAM-. La disposición se vincula a reformas urbanísticas concebidas para corregir violaciones a la planificación física citadina, y en los primeros compases se aplica prioritariamente a los dueños de cafeterías y paladares ubicadas en portales o superficies que limitan con aceras y calles, según informó desde el anonimato una inspectora del Instituto Provincial de Ordenamiento Territorial, entidad que rectora la puesta en marcha y cumplimiento de dicha ley.
De acuerdo al testimonio de la funcionaria, desde hace algún tiempo se estudiaba implementar una reglamentación de este tipo, pero no se llegaba a un consenso con relación a la extensión de las exigencias. Sin embargo, a raíz de una serie de reclamos efectuados por grupos poblacionales con problemas de discapacidad, el proyecto finalmente tomó cuerpo legal.
FUENTE: yusnabypost.com
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