La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) evalúa si amerita o no investigar al secretario de Educación, Eligio Hernández, y otros dos funcionarios de confianza en esa agencia por supuestamente participar en el recogido de endosos a favor de la candidatura de Wanda Vázquez a la gobernación por el Partido Nuevo Progresista (PNP).
“No existe una investigación activa, en estos momentos, sobre el asunto que plantea”, indicó Jennifer Rodríguez Ayala, portavoz de prensa de la OEG, a El Nuevo Día. “Lo que existe es una evaluación de un asunto anónimo que llegó ante la consideración de los abogados del Área de Investigaciones y Procesamiento Administrativo de la Oficina”.
De acuerdo con una fuente, el secretario asociado de Educación, Eleuterio Álamo, y el secretario auxiliar de Recursos Humanos de la agencia, Eric Pérez, ordenaron a los directores de la Oficinas Regionales Educativas (ORE) completar 50 endosos cada uno a favor de la candidatura de la gobernadora.
La agencia, sin embargo, no negó las alegadas acciones de Álamo y Pérez. “Reconocemos las libertades constitucionales y estatutarias que les cobijan a todos los funcionarios, y nos mantenemos al pendiente de que los procedimientos se lleven conforme a la ley. Sin embargo, cualquier trámite que algún funcionario haga fuera de sus horas laborables y dentro del marco de la ley, son gestiones protegidas en las cuales de igual manera ni el Departamento de Educación ni el doctor Hernández interviene”, sostienen las declaraciones.
Según una de las fuentes, el 8 de enero los funcionarios reunieron de manera individual a directores regionales para exigirles que debían completar la cantidad de endosos requerida. La fuente aseguró que ambos funcionarios realizaron esas gestiones en horas laborables.
El 6 de enero, cuando un temblor de magnitud 5.8 sacudió la isla, el secretario de Educación anunció que se retrasaría el inicio de las clases, pero mantuvo para el 8 de enero el inicio de trabajo del personal docente. El 7 de enero, con el terremoto de magnitud 6.4, Hernández anunció que se retrasaría nuevamente el inicio de clases y que el personal docente y no docente “ubicado en las escuelas” no se reportaría hasta nuevo aviso. Ese día, la gobernadora firmó una declaración de emergencia para Puerto Rico tras los terremotos.
“Los empleados que ocupan puestos de confianza siempre están activos en el servicio, máxime cuando hay una emergencia”, manifestó la fuente. “Tan pronto el que esté gobernando activa una emergencia, todo el gobierno se activa”.
Una tercera fuente coincidió en que, durante un periodo de emergencia, el personal de confianza puede encontrarse activo en cualquier momento.
De acuerdo con el Reglamento de Personal Docente de Educación, los empleados no podrán “utilizar su puesto oficial para fines político partidistas o para fines no compatibles con el servicio público”. La normativa establece que el personal docente lo integran “los funcionarios y empleados con funciones de enseñanza, dirección y supervisión, lo mismo que empleados de apoyo a la enseñanza, del servicio de carrera y del servicio de confianza”.
La Ley de Reforma Educativa establece, en su Artículo 15.01, que los funcionarios y empleados de Educación, independientemente de su posición, función, clasificación o del tipo de nombramiento que ostenten, se abstendrán, durante horas laborables o en instalaciones y terrenos de la agencia, de “formar grupos u organizar actividades de apoyo o de repudio a partidos, organizaciones políticas o a candidatos o personas que participan en un proceso electoral” o “distribuir o difundir propaganda relacionada con un proceso político o una contienda electoral”.
De otra parte, el inciso K del Artículo 4.2 de la Ley de Ética Gubernamental establece que “un servidor público no puede, mientras se encuentra en funciones de su trabajo, dirigir o fomentar actividades que, directa o indirectamente, promuevan los intereses electorales de cualquier partido o candidato político”.
Asimismo, el inciso L establece que un servidor público no puede, mientras se encuentra en su trabajo, “emplear de su tiempo para realizar o participar en una actividad política”.
En la misma dirección, el inciso M sostiene que, mientras se encuentra en funciones, el servidor no puede “exigir o solicitar a los demás servidores públicos que hagan contribuciones económicas o que empleen de su tiempo para realizar o participar en una actividad política”.
FUENTE: elnuevodia.com