La mayor cantidad de arrestos por violaciones al toque de queda desde que entró en vigor la orden ejecutiva de la gobernadora se han desarrollado en la región oeste de la isla, según cifras ofrecidas por el Negociado de la Policía.
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SUSCRIBITELa mayor cantidad de arrestos por violaciones al toque de queda desde que entró en vigor la orden ejecutiva de la gobernadora se han desarrollado en la región oeste de la isla, según cifras ofrecidas por el Negociado de la Policía.
La zona policiaca de Mayagüez sumó ayer dos nuevos arrestos para un total de 95 y 16 denuncias nuevas denuncias que eleva la cifra a 76.
La segunda región policiaca con más arrestos es la de Bayamón 84. Durante la noche de ayer, la Policía arrestó a ocho personas en los pueblos que componen esa zona policiaca y denunció a otras cuatro, por lo que el total de denuncias aumentó a 68.
La cantidad de denuncias al día de hoy revela, según la Policía, que un sector de la población continúa saliendo fuera de sus hogares durante el toque de queda.
Después de dos noches de haberse emitido la orden ejecutiva, la Policía dejó de orientar a los detenidos y comenzó a emitir las denuncias correspondientes.
El sargento Axel Valencia, portavoz de la Uniformada, explicó que la denuncia surge cuando identifican que una persona violó el toque de queda y le citan para comparecer al tribunal más adelante.
Mientras, para llevar a cabo un arresto, los oficiales de la Uniformada deben tener causas como obstrucción a la justicia, o que la persona con la que intervienen posea sustancias controladas, armas de fuego, vehículos hurtados o algún otro delito que conlleve a su detención.
El toque de queda, implantado como medida para contener el coronavirus (COVID-19) en Puerto Rico, ordena el cierre de entidades públicas y privadas, a menos que estén relacionados con servicios esenciales, como seguridad, medicamentos, alimentos y combustible.
Con esta disposición, la Policía tiene autoridad para intervenir con ciudadanos en aras de hacer cumplir el toque de queda, especialmente entre las 9:00 p.m. y las 5:00 a.m., sin necesariamente tener motivos fundados para entrevistar a un conductor en la calle, como en circunstancias normales.
La orden ejecutiva establece una pena de cárcel de hasta seis meses o una multa de un máximo de hasta $5,000, o ambas penas a discreción del tribunal.
FUENTE: elnuevodia.com
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