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Ajuste Cubano

Entra en vigor la regla de "Carga Pública"

Entra en vigor la regla de carga pública que regirá los protocolos con los que se les podrá negar la residencia permanente a los inmigrantes que hayan hecho uso de ciertos programas de asistencia pública.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración estableció que se le puede negar la residencia permanente a una persona que haya recibido uno o varios beneficios públicos durante un periodo de tiempo establecido.

La edad, salud, ingresos, educación y habilidades son los factores que analizarán los funcionarios para decidir si un inmigrante es o no inadmisible e incluso determinar la probabilidad de que en un futuro se convierta en carga pública.

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Entre los programas de ayuda que la regla considera carga pública están:

Asistencia financiera en efectivo cuantificable (cash assistance) otorgada por una entidad federal, estatal o local para el mantenimiento de ingresos, también conocida como "asistencia general".

El programa Supplemental Security Income (SSI).

Asistencia temporal para familias necesitadas (TANF).

Programa de Asistencial de Nutrición Suplementaria (SNAP), también conocida como "food stamps" o “cupones de comida”.

Programa de la Sección 8 de Vales para el Alquiler de Viviendas.

Asistencia para la Vivienda Pública de la Sección 9 de la Ley de Vivienda de 1937.

El Medicaid financiado por el gobierno federal, aunque ciertos casos están exentos.

Los programas que no clasifican como carga pública son:

Ciertos programas de Medicaid, como la asistencia pública para vacunas y para pruebas y tratamiento de síntomas de enfermedades transmisibles, los servicios de las clínicas de salud, los servicios de rehabilitación a corto plazo, atención prenatal y los servicios médicos de emergencia.

También, el Medicaid para menores de 21 años y mujeres embarazadas y el subsidio para personas de bajos ingresos Medicare Parte D.

Affordable Care Act (ACA), conocido como Obamacare.

Seguro Médico para Niños (CHIP).

Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Bebés y Niños (WIC).

Programa Nacional de Almuerzo y Desayuno Escolar.

Quedan exentos de la regla los refugiados, asilados, las víctimas de la violencia y las personas que aplican a la residencia a través de la ley de ajuste cubano.

FUENTE: Victoria Joseph / América Tevé

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