El Boletín Oficial del Estado publica este sábado la orden, que se aprobó inicialmente en el mes de julio, en respuesta a una recomendación comunitaria de restringir los viajes no esenciales a la UE.
Para continuar, suscribite a americateve. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITEEl Boletín Oficial del Estado publica este sábado la orden, que se aprobó inicialmente en el mes de julio, en respuesta a una recomendación comunitaria de restringir los viajes no esenciales a la UE.
La prórroga se extiende hasta el 31 de diciembre sin modificaciones, al no haberlas efectuado tampoco la Unión Europea, aunque podrá ser modificada para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la UE.
Al igual que en la prórroga anterior, sigue pendiente de verificar la reciprocidad para residentes en China, incluidos los de las regiones administrativas especiales de Hong Kong y Macao.
Por tanto, los terceros países cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores siguen siendo Australia, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia y Uruguay.
FUENTE: EFE
Suscribite a nuestro Newsletter