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Puerto Rico

Conceden fianza diferida a convictos por masacre de Trujillo Alto

Los acusados deberán permanecer bajo arresto domiciliario y supervisión electrónica

La jueza del Tribunal de Carolina, Berthaida Seijo Ortiz, determinó concederle un nuevo juicio a Juan Carlos Meléndez Serrano y a Antonio Ramos Cruz, convictos por la denominada “masacre de Trujillo Alto”, ocurrida el 26 de junio de 1989.

Seijo Ortiz acogió la recomendación de la Oficina de Servicios con Antelación a Juicio (OSAJ) para que se le concediera una fianza diferida de $300 mil a Ramos Cruz y de $310 mil para Meléndez Serrano.

Los acusados deberán permanecer bajo arresto domiciliario y supervisión electrónica.

La magistrada indicó que tomó su determinación tras evaluar la jurisprudencia federal y estatal, leer las sobre siete mil páginas de la transcripción del juicio de 1991, los protocolos del Instituto de Ciencias Forenses (ICF), de la década de los 90, la actual Ley de Análisis de ADN, entre otros.

Instó a los fiscales Yamil Juarbe y Martín Ramos a no apelar el caso porque entiende el Tribunal de Apelaciones le fallará en contra.

Entretanto, Juarbe dijo estar insatisfecho con la decisión y no descartó que el Departamento de Justicia la apele.

En sala se encontraban Nelson Ortiz y José Caro, conocidos como los “inocentes de Aguada”, a quienes se les archivó los cargos por el asesinato de la estudiante Glorimar Pérez.

La defensa de Meléndez Serrano y Ramos Cruz, solicitaron la celebración de un nuevo juicio, basada en nueva evidencia. Ello, tras la aprobación de la Ley de Análisis de ADN Post-Sentencia de 2015, que permitió analizar por vez primera con la pericia requerida tres pelos púbicos recuperados en la ropa interior que la víctima, Haydeé Maymí Rodríguez llevaba puesta cuando fue encontrada por las autoridades.

La defensa expone que el resultado de ese examen fue categórico: el donante de dicho material genético pertenece exclusivamente a la línea materna de la víctima misma. Por lo que los pelos no pertenecen a Meléndez Serrano ni de Ramos Cruz.

Los abogados argumentaron que la exclusión científica desarticula la versión de los testigos de cargo, los hermanos Beatriz y José Martínez Maldonado, sobre el contacto de los coacusados con la víctima.

Ramos Cruz es representado por Fontanet, Vanessa Mullet y Fabiana Tapia, de Proyecto Inocencia. Mientras, que Meléndez Serrano por los abogados Juan Matos y Alex Rosa.

Por su parte, el Departamento de Justicia se oponía a la petición de los coacusados al considerar que la interpretación de estos sobre los resultados ADN, evaluado junto a prueba desfilada en 1992, es desatinada.

Este caso, que se litigó en el 1990, estuvo a cargo del otrora fiscal Andrés Rodríguez Elías.

Este fiscal también tuvo a su cargo el caso contra los exconvictos Nelson Ruiz Colón, José Caro Pérez y Nelson Ortiz Álvarez, a quienes se les archivó el caso por el asesinato de la joven universitaria de Aguada, Glorimar Pérez.

Según los hechos del caso, el miércoles, 28 de junio de 1989, tras quejas de un fuerte olor proveniente del interior de la casa donde Maymí Rodríguez residía junto a sus hijos, Eduardo Morales Maymí y Melissa Morales Maymí Rodríguez, la Policía descubrió el cuerpo de la mujer en la bañera del cuarto de baño del segundo piso de la residencia.

El cuerpo presentaba heridas punzantes en el tórax, una herida de defensa en la mano izquierda y estaba en moderado estado de descomposición. Los cuerpos de los hijos de Maymí Rodríguez fueron descubiertos dentro de la nevera y congelador.

Meléndez Serrano y Ramos Cruz llevan encarcelados 24 años y extinguen una sentencia de 297 años de prisión que les fue impuesta el 10 de abril de 1992.

FUENTE: elvocero.com

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