La jueza Aida M. Delgado Colón denegó la solicitud de la defensa del exalcalde de Guaynabo, Ángel Pérez Otero, para que se enmiende la orden de protección a la evidencia del proceso judicial y que se establezcan medidas para garantizar que el acusado tenga un juicio público, rápido y con un jurado imparcial.
La representación legal del excalde por el Partido Nuevo Progresista (PNP) argumentó que la orden de protección podría limitar a la defensa al utilizar la evidencia provista por el gobierno para la discusión con potenciales testigos.
Sin embargo, el fiscal Corey R. Amundson, jefe de la sección de Integridad Pública de la Fiscalía federal, señaló que la orden de protección “específicamente permite que testigos o potenciales testigos puedan repasar el material del descubrimiento (de prueba)”.
“Se le permite a la defensa compartir el descubrimiento con los testigos en este caso, de manera que pueda prepararse e investigar en preparación para el juicio, y ninguna interpretación de la orden de protección debe prevenir que lo hagan”, indicó Amundson.
Luego de la exposición de la defenza y de la fiscalía, la jueza Delgado Colón determinó que el proceso seguirá su curso y que el juicio por jurado —por conspiración para obtener sobornos y comisiones ilegales (kickbacks, en inglés) con fondos federales, extorsión y ayudar y colaborar para cometer soborno con dinero proveniente del gobierno federal— se llevará a cabo del 13 al 17 de marzo.
No fue para campaña política
El Ministerio Público indicó que el pliego acusatorio establece en un “lenguaje simple” que los pagos por soborno que se alega recibió Pérez Otero fueron “sobornos en efectivo y ‘kickbacks’” y que no se alega que alguno de estos pagos “constituyó un pago a su campaña política”.
Esta aseveración fue incluida en la respuesta presentada ante la corte por el fiscal Amundson a la moción de desestimación del pliego acusatorio presentada por la defensa, bajo el argumento de que la evidencia provista por la Fiscalía durante el descubrimiento de prueba sugiere que la paga fue en forma de contribuciones a la campaña política de Pérez Otero.
La interpretación de los pagos es incorrecta, argumentó el fiscal, y agregó que la moción presentada no tiene una base sólida.
En cuanto al señalamiento de que el pliego acusatorio no sustenta que hubo beneficio mutuo de las partes en la comisión de los delitos, el Ministerio Público expuso el alegato de que Pérez Otero aceptó pagos en efectivo de parte del Individuo A, a cambio de “aconsejar, presionar y ordenar a oficiales municipales para asegurar que a la Compañía A se le otorgaran contratos en Guaynabo y fue pagado conforme a esos contratos”.
La corte no ha tomado una determinación con respecto a la moción de desestimación del pliego acusatorio.
FUENTE: elvocero.com