La asistencia por desastre de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) no es un ingreso tributable y no tiene impacto en el Seguro Social, Medicaid, Asistencia de Nutrición Suplementaria u otros pagos o beneficios de programas federales, informó la agencia federal.
La agencia recalcó que los residentes de Puerto Rico que solicitaron asistencia federal por desastre tras el paso del huracán Fiona, no deben preocuparse porque esta ayuda pueda afectar otros beneficios federales a los que tienen derecho.
Las normas del Servicio de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés) indican que los pagos de ayuda en caso de desastres no se consideran ingresos, siempre que el gasto reembolsado no se pague también mediante un seguro u otro reembolso.
De acuerdo con el IRS, los pagos calificados de ayuda en caso de desastre incluyen los pagos recibidos por los siguientes conceptos:
Gastos razonables y necesarios incurridos para la reparación o sustitución del contenido de una residencia personal debido a un desastre declarado por el presidente.
Los pagos de ayuda por desastre también incluyen las cantidades pagadas a los afectados por el desastre por el gobierno estatal o local en relación con el desastre declarado por el presidente.
FUENTE: elvocero.com