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JUNTA DE CONTROL FISCAL

Natalie Jaresko se integra a la firma de consultores Ernst & Young, que asesora a la Junta de Supervisión Fiscal

El ente fiscal le desea lo mejor, mientras el presidente de la Cámara de Representantes cuestiona la moralidad de irse a trabajar con una empresa que supervisó

Gerry Dixon, socio gerente de EY, dio a conocer el nombramiento por medio de sus cuentas en redes sociales.

“Estamos encantados de que se una a nuestra familia de Gobierno y Sector Público (GPS)”, indicó Dixon.

Empero, esa suma no representa todo lo facturado por la consultora.Antes de que el gobierno pague a estos contratistas, las facturas deben ser evaluadas por el oficial examinador de Título III, Brady C. Williamson y aprobados por la jueza de distrito federal, Laura Taylor Swain.

Jaresko fue ministra de Finanzas de Ucrania. Nació en la zona de Chicago, Illinois, de padres ucranianos. Durante el último año, ha estado activa en promover la asistencia a Ucrania, tras la invasión rusa.

Ahora pasa a trabajar con una empresa cuyo trabajo supervisó hasta hace un año.

Como exfuncionaria de la JSF, a Jaresko no le aplican las normas éticas del gobierno de Puerto Rico. Si hubiese sido, por ejemplo, una alta funcionaria del Ejecutivo de Puerto Rico hubiese tenido que esperar a que se cumpliera el año para asumir un puesto con una empresa que tuvo contratos con el gobierno.

En las redes sociales, Jaresko dio a entender que no ha empezado sus funciones.

Desde su creación hace unos siete años, la JSF ha tenido como asesora de ética a Andrea Bonime-Blanc, pero el ente fiscal no respondió a una pregunta de este diario acerca de quién pasa juicio a los asuntos éticos.

El Nuevo Día preguntó a la JSF si el ente fiscal tiene alguna norma ética acerca de cuánto tiempo debe pasar para que un empleado pueda irse a trabajar con una empresa contratada o que tuvo contratos con la JSF. El organismo fiscal tampoco respondió a esa pregunta.

“La (JSF) desea a Natalie Jaresko todo lo mejor en su nuevo cargo. Su contrato con la (JSF) incluía disposiciones adecuadas de confidencialidad y conflicto de intereses, y es público. La señora Jaresko no está trabajando en asunto alguno relacionado con Puerto Rico”, indicó el organismo en una declaración emitida por escrito.

El presidente de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, Rafael “Tatito” Hernández Montañez, consideró, sin embargo, que el acuerdo de Jaresko con Ernst & Young es un contrato “inmoral”.

A Hernández Montañez, el caso de Jaresko le recordó la contratación que hiciera el bufete de cabilderos Steptoe & Johnson de Luis Fortuño, la cual se oficializó días después de dejar la gobernación y luego de que ese bufete de abogados washingtoniano tuviera contratos por cerca de $20 millones con su administración.

Antes de dejar el puesto de gobernador, en diciembre de 2012, la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) validó la contratación de Fortuño por parte de Steptoe, por entender que no había firmado directamente los contratos con el despacho legal.

Hernández Montañez afirmó que en el caso de Jaresko se trata de irse a trabajar con un contratista que “ha estado atado a todas sus acciones durante cinco o seis años”.

“Escandaloso”, comentó, por su parte, en las redes sociales Eva Prados, quien ha sido portavoz del Frente Ciudadano por la Auditoría de la Deuda en Puerto Rico, al conocer que Jaresko ha sido fichada por Ernst & Young.

https://twitter.com/evapradospr/status/1638324136870027268

El directivo de la JSF, Justin Peterson, criticó solapadamente el nombramiento al indicar en su cuenta de Twitter que se preguntaba si Jaresko habría recibido propuestas selladas de EY y McKinsey.

https://twitter.com/JPHusker_/status/1638336711322107908

Si Jaresko hubiese sido funcionaria del gobierno de Puerto Rico bajo las leyes puertorriqueñas, la Ley de Ética Gubernamental le hubiese prohibido “durante el año siguiente a la fecha de terminación de su empleo gubernamental, ocupar un cargo, tener interés pecuniario o contratar directamente o indirectamente con una agencia, persona privada o negocio, sobre el que haya ejercido una acción oficial durante el año anterior a la terminación de su empleo”.

Entre otras cosas, tampoco podría, durante dos años, “ofrecer información, intervenir, cooperar, asesorar en forma alguna o representar, directa o indirectamente, a una persona privada, negocio o entidad pública, ante la agencia para la que laboró”.

FUENTE: elnuevodia.com

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