La gobernadora Wanda Vázquez Garced plasmó en su más reciente orden ejecutiva la directriz de que las personas deben usar mascarillas o cubrirse la boca y nariz al salir de sus hogares como parte de las medidas para evitar el contagio con el coronavirus COVID-19.
La Orden Ejecutiva 2020-033, que entra en vigor mañana, también les ordena a los comercios a tomar medidas para prohibir la entrada al establecimiento de cualquier cliente que pretenda ingresar sin esta cobertura.
También les instruye a los comerciantes a proveer estaciones o mecanismos que les permita a los clientes desinfectarse las manos mientras permanezcan en el lugar.
El documento también establece que las personas deberán mantener una distancia mínima de seis pies durante el tiempo que permanezcan en el lugar, iniciativa que ya muchos comerciantes habían implementado con la ubicación de pegatinas en el suelo que le indicaba al cliente dónde debía detenerse. Mientras, los ciudadanos tampoco deberán acudir en grupos a hacer gestiones esenciales.
“Se limita el número de personas que puedan asistir a los comercios a una persona por domicilio”, lee el documento de 20 páginas. Esta directriz no les aplica a aquellas personas que requieren la asistencia, ya sea por discapacidad física o una condición de salud.
Agrega que en el caso de los supermercados y farmacias deben considerar establecer un horario especial para atender a las personas de 65 años o más, así como para quienes trabajan en hospitales y laboratorios tecnológicos y a los agentes del orden público.
La nueva orden que extiende el cierre forzoso de los establecimientos no esenciales hasta el próximo 3 de mayo, amplía el período hábil para hacer gestiones esenciales de 5:00 a.m. a 9:00 p.m. y deja sin efecto la regulación que limitaba el tránsito vehicular al número de tablilla.
Igualmente, ordena el cierre de los supermercados los domingos y las gasolineras solo podrán despachar combustible. En el caso de las farmacias, este día, podrán solo operar los recetarios.
Vázquez Garced mantuvo la orden que prohíbe la realización de fiestas o actividades en los hogares donde participen personas fueran de los habitantes del lugar.
El incumplimiento a las disposiciones incluidas en la orden ejecutiva puede conllevar una multa de $5,000 y/o una pena de cárcel máxima de seis meses.