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Airbnb

San Juan regula los alquileres a corto plazo con una licencia de hasta $500 por unidad

El ayuntamiento capitalino dispuso un registro obligatorio de este tipo de alojamientos, así como multas por el incumplimiento del reglamento

San Juan se convirtió en el segundo municipio en regular la actividad de los alquileres a corto plazo (STR, por sus siglas en inglés) en Puerto Rico, con la promulgación de un reglamento mediante ordenanza municipal, que establece una licencia anual de hasta $500 por unidad, entre otros requisitos.

El ayuntamiento también se propone regular la operación de casas rodantes, móviles, flotantes, botes y casetas de acampar de lujo, mejor conocidas como “glamping”, que se utilicen para STR.

De acuerdo con datos de la plataforma AirDNA provistos por el municipio, hasta noviembre del año pasado, en San Juan había cerca de 3,792 alquileres activos en plataformas como Airbnb y Vrbo. De dicha cantidad, 3,225 eran propiedades alquiladas en su totalidad, como, por ejemplo, casas y apartamentos.

“Esta ordenanza es necesaria con el fin de asegurar la convivencia residencial y el entorno urbano de nuestra ciudad capital en orden y paz ciudadana. Es prioridad que esta regulación armonice la actividad dentro de los STR con su entorno comunitario, permitiendo el crecimiento urbano ordenado y la recuperación de costos de la gestión municipal para seguir cumpliendo a cabalidad con las responsabilidades del municipio para con sus ciudadanos y visitantes, mediante el uso de las propiedades de acuerdo con su zonificación y localización”, explicó el alcalde de San Juan, Miguel Romero, en declaraciones escritas.

Asimismo, los solicitantes deberán obtener un permiso único en la Oficina de Permisos y pagar patente municipal en los casos que sea necesario, informar el número de catastro de la propiedad y entregar una declaración jurada estableciendo el cumplimiento con la escritura matriz o reglamento del lugar donde se establecerá el alquiler.

Una vez concedida la licencia, el número deberá estar incluido en el anuncio digital de la plataforma que promueva el alquiler, así como comprometerse a no celebrar eventos o actividades comerciales dentro de las propiedades.

“En el caso de eventos o actividades sociales, estos no podrán perturbar la tranquilidad del área donde ubica la propiedad mediante, sin que se entienda como una limitación, ruidos excesivos o innecesarios”, reza el reglamento.

“Además, los solicitantes deberán cumplir con toda ley, ordenanza o reglamento aplicable al área, incluyendo el cumplimiento con los códigos de orden público o modelos de paz ciudadana y el manejo y disposición adecuada de desperdicios sólidos, entre otros. Tampoco podrá alterarse el carácter residencial del sector ni de la propiedad”, agregó.

El caso de los condominios y urbanizaciones

Respecto a la operación de los STR en propiedades sometidas al régimen de propiedad horizontal, según la Ley de Condominios de Puerto Rico, el reglamento reiteró que estos alojamientos quedan desautorizados si la escritura matriz o reglamento del condominio o propiedad los prohíbe.

“Además, este reglamento no impide que el consejo de titulares, mediante la escritura matriz o reglamento imponga condiciones iguales o más restrictivas a las contenidas en este reglamento. No obstante, no se podrán establecer condiciones menos restrictivas a las aquí dispuestas. Bajo ningún concepto se entenderá que este reglamento autoriza el arrendamiento a corto plazo en urbanizaciones o comunidades, si el mismo está expresamente prohibido por la asociación de residentes, mediante condiciones restrictivas, servidumbres voluntarias o cualquier reglamento vigente y aplicable”, estableció el reglamento.

“Este reglamento no impide que se establezcan por una asociación de residentes condiciones iguales o más restrictivas a las contenidas en este Reglamento. Sin embargo, no se podrán establecer condiciones menos restrictivas a las dispuestas”, añadió.

La ordenanza también dispuso que los operadores de STR no podrán alterar el carácter residencial del sector ni de la propiedad que se alquile.

En caso de ser una residencia compartida, la propiedad no podrá ser rotulada comercialmente como un STR.

Multas por incumplimiento

El incumplimiento del reglamento dispone multas por hasta $2,500. La ordenanza establece que, tanto la Policía Municipal de San Juan como la Oficina de Permisos del ayuntamiento, podrá hacer inspecciones e investigaciones de las propiedades destinadas a STR.

Según el estatuto municipal, la persona que opere un alojamiento de este tipo sin la licencia se expondrá a una multa de hasta $2,500, dependiente del tipo de unidad que posea, y la prohibición de obtener el permiso por un periodo de tres años.

“En el municipio se reconoce que la economía colaborativa es parte del futuro del desarrollo económico, no tan solo local, sino a nivel mundial. Responsablemente tenemos el deber de atender aquellas situaciones extraordinarias donde pudiese ocurrir un disloque entre el establecimiento de un ACP y la convivencia comunitaria”, añadió Romero Lugo.

El primer municipio en regular estos alojamientos fue Dorado en 2021, pero hasta finales del año pasado no había sido exitoso en su plan debido a retos para identificar las propiedades.

Pero, la regulación de estos alojamientos a nivel municipal ha sido rechazada por las principales plataformas de STR como Airbnb, por entender que debe exisitir un marco regulatorio aplicable a los 78 municipios.

Aunque en la Cámara de Representantes se radicó una medida a esos fines, el Proyecto de la Cámara 1557 no ha avanzado en el trámite legislativo.

La última vista pública se celebró el 1 de marzo, con la participación de líderes de comunidades afectadas por la proliferación de los STR.

FUENTE: elnuevodia.com

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