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Se sostiene la certificación del exgobernador Rosselló como delegado proestadidad

Apelativo revoca la decisión del Tribunal de Primera Instancia

El Tribunal de Apelaciones revocó ayer en la tarde a la jueza del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Rebecca de León Ríos, quien ordenó que se descalificara a Ricardo Rosselló como cabildero por la estadidad.

Con la revocación se sostiene la certificación del exgobernador como delegado al Congreso federal.

“Revocamos la sentencia apelada. Además, declaramos no ha lugar la reconsideración al auxilio de jurisdicción que emitiéramos el pasado 6 de julio de 2021”, reza la sentencia.

Se actuó “sin jurisdicción”

Por su parte, el abogado del Partido Nuevo Progresista (PNP), Ramón Rosario, se expresó satisfecho con la sentencia.

“Esto mantiene el ‘statu quo’ de que una persona que fue electa democráticamente va a hacer la función para la cual se eligió, siendo el planteamiento del Apelativo de que el requisito de residencia de Ricardo Rosselló le aplica una vez asume el cargo. Creo que la controversia ha terminado porque uno de los hechos del Tribunal de Primera Instancia es que Ricardo Rosselló tiene una residencia en Washington D.C. a partir del 1ro de junio”, expuso Rosario.

Informó que se comunicó con el exgobernante y que Rosselló le expresó su satisfacción.

“Conversamos sobre cuál puede ser el próximo recurso. Le expliqué que había un recurso de certiorari ante el Tribunal Supremo que es discrecional, que entiendo y esperaría que por economizar los fondos públicos de la Comisión Estatal de Elecciones, que los demás comisionados electorales no insistan en seguir gastando recursos y abogados”, señaló.

Acuden al Supremo

Sin embargo, el comisionado electoral por el Partido Popular Democrático (PPD), Gerardo Cruz, señaló en declaraciones escritas que la sentencia del Apelativo fue desacertada y solicitó al Tribunal Supremo que declare nula la certificación de la CEE y anule la juramentación de Rosselló.

Expuso que el Artículo 7.05 del Código Electoral permite gestionar a un candidato nominado —como fue el caso de Rosselló— si cumple con los requisitos del cargo dispuesto en la Ley 167 de 2020.

“Bajo la lupa del Tribunal Apelativo, si mañana los electores seleccionan por nominación directa a un menor de edad para alcalde de un pueblo y los que perdieron deciden no impugnar el resultado de la elección de ese menor bajo el Artículo 10.15, habría que juramentarlo. Me parece que la sentencia obvió el alcance del Artículo 7.5, que permite cuestionar a cualquier candidato nominado que no cumpla con los requisitos, como correctamente determinó el Tribunal de Primera Instancia en el caso de Ricardo Rosselló”, afirmó.

Asegura no tendrá problemas

Según el gobernador Pedro Pierluisi, el exgobernador no enfrentará problemas de acceso a representantes del Congreso de Estados Unidos tras la controversia que ha seguido su certificación como delegado.

“Tiene amplio acceso como quiera que sea, es muy reconocido y conoce el tema muy bien, puede argumentar sobre el tema, al igual que los demás. Prfaa (Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico) les va a dar el apoyo que necesitan en Washington”, aseguró.

No obstante, Pierluisi declinó expresarse sobre las investigaciones en curso a Rosselló, sobre si violó la ley durante la elección de los cabilderos de la estadidad.

“Yo no voy a estar especulando sobre esas cosas. Hay una investigación en curso en manos del Departamento de Justicia y también hay unos procesos judiciales. Cada una de esas instituciones cumplirá con su responsabilidad y en su momento, uno reacciona”, afirmó el gobernador.

Rosselló fue certificado el miércoles por la CEE y posteriormente juramentó en la oficina de Prfaa.

Al cierre de esta edición el comisionado electoral de Proyecto Dignidad, Nelson Rosario Rodríguez —quien radicó el caso contra Rosselló— no emitió la reacción solicitada por este diario.

FUENTE: elvocero.com

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