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SUSCRIBITELos municipios debieron supervisar adecuadamente el fiel cumplimiento del contrato, procurar que la empresa rindiera cuentas periódicamente sobre sus gestiones y sobre el dinero que recibían por opcionar las propiedades declaradas estorbos, sostuvo la Dra. Palmira N. Ríos González investigadora académica y expresidenta de la Red Interamericana de Educación en Administración Pública.
“Este nivel de negligencia, porque el término es negligencia, es lo peor de la administración pública porque es contrario al principio básico que nos dice que, si vas a empezar un proyecto, el que fuera, tienes que tener un plan de implementación, evaluación y monitoreo del mismo. Si las cosas no están funcionando como esperabas, haces un detente, haces ajustes y continúas. No hay nada malo en eso”, sostuvo Ríos González.
(CPI) – Durante ocho años Jorge A. Rodríguez Acevedo, un maestro de 26 años de edad que enseña en un colegio privado, ahorró dinero junto a su compañera con el propósito de comprar su primer hogar. La joven pareja vio como una opción adquirir una casa que, aunque estuviera en malas condiciones, costara menos que las alternativas que ofrece el mercado, y que poco a poco pudieran reparar y lograr su sueño de establecer un hogar.
Así escogieron una propiedad del Programa de Estorbos Públicos del Municipio de San Germán que se ajustaba a su presupuesto. El 12 de enero de 2022, el educador firmó un contrato de expropiación y adquisición con Universal Properties Realty Government Services LLC., empresa contratada por el municipio para manejar los estorbos públicos, y bajo la promesa que le entregarían la casa en nueve meses, le dio $25,000, que eran los ahorros de la pareja.
A casi dos años de iniciado el proceso la pareja no tiene ni casa ni ahorros. Cada dos semanas llamaban para saber el estatus de su caso. Al principio, la compañía se justificaba con el argumento de que tenían muchos casos atrasados, pero luego empezaron a retrasar la fecha para culminar la expropiación y entregarles la propiedad. Cuando se vencía esa nueva fecha les decían que tomaría más tiempo y prorrogaban a un nuevo término.
“Nos decían ‘falta este documento’ o ni siquiera contestaban. Esta compañía nunca fue abierta [con nosotros]. Te daban un número de teléfono donde te decían ‘no tengo acceso completo, llámate a este otro número’ y ese otro número nunca contestaba. No pudimos hacer mucho. No nos dieron la casa, no nos dieron el dinero y aún nos están debiendo $25,000”, dijo Rodríguez Acevedo en entrevista con el Centro de Periodismo Investigativo (CPI).
La preocupación de Rodríguez Acevedo se agudizó al publicarse las denuncias de irregularidades de Universal Properties Realty en el manejo y disposición de estorbos públicos lo que provocó que la compañía fuera referida al Departamento de Justicia. No obstante, cuando llamaban para dar seguimiento a su caso la respuesta seguía siendo que el proceso estaba en pie.
En agosto, Jorge y su compañera se enteraron de que el Municipio de San Germán canceló el contrato y demandó a Universal Properties Realty. A partir de ese momento, perdieron toda comunicación ya que el número de la persona contacto de Universal en San Germán estaba desconectado y, en las oficinas centrales, les prometían que se comunicarían para proporcionarles información, pero nunca lo hicieron.
En conversaciones con funcionarios municipales, el joven maestro se enteró de que, contrario a lo que le habían dicho, la compañía nunca presentó en el Tribunal la solicitud de expropiación forzosa de la propiedad.
“O la propiedad o el dinero. No pueden quedarse con las dos cosas porque eso representa un robo a mí y a mi familia”, afirmó Rodríguez Acevedo, quien señaló como responsables a Universal Properties Realty y al Municipio de San Germán.
Rodríguez Acevedo es uno de varios compradores que no saben cuándo recuperarán el dinero que le entregaron a la compañía por una propiedad. Varios alcaldes, que contrataron los servicios de Universal, mencionaron al menos 96 casos de compradores que entregaron dinero a la compañía y no han logrado el traspaso de las propiedades a sus nombres ni el reembolso del dinero.
Universal Properties Realty ofrecía a la venta los inmuebles de una lista de estorbos públicos que ofrecía el municipio. Hacía contratos de venta futura, cobraba el dinero anticipadamente a los compradores, pero no lo depositaba en una cuenta de plica (una cuenta especial requerida por ley y separada de la cuenta de la empresa) para que estuvieran disponibles en caso que no se culminara la compraventa, según se desprende de entrevistas con alcaldes y documentos judiciales. La compañía le reconoció al Municipio de Caguas que utilizaba parte del dinero para sus gastos operacionales y argumentó, entonces, que no era un requisito tener la cuenta de plica.
La compañía argumentó que su función fue de ente facilitador entre el municipio y el comprador, con el deber de asistir “al municipio en todo el trámite, tanto administrativo como judicial para la expropiación forzosa de la propiedad y su posterior transferencia al solicitante adquirente. Dicho de otro modo, UPRGS [Universal Properties] no ejerce funciones como agente de bienes raíces, sino que es el intermediario entre el MAC [Municipio Autónomo de Caguas] y un tercero”, lee la carta enviada por la empresa al Municipio pidiendo reconsideración de la cancelación de su contrato en mayo.
No obstante, en 19 de los 22 contratos que Universal Properties Realty firmó con varios municipios, aseguraba que el dinero de los compradores se depositaría en una cuenta de plica, halló el CPI. La cuenta especial se menciona también en todas las propuestas de servicios con los municipios que el CPI examinó. El depósito del dinero en una cuenta de plica no consta en los contratos firmados con Caguas, Morovis y Guánica en el 2021, pero sí en las propuestas que se anejan a esos contratos.
Universal Properties Realty y los municipios que contrataron sus servicios fueron negligentes al no mantener una cuenta de plica para garantizar la disponibilidad del dinero pagado como opción de compra de los estorbos públicos, de acuerdo a expertos consultados por el CPI. Esa omisión incumple con la Ley 10 de 1994, que reglamenta el negocio de bienes raíces en Puerto Rico.
El 31 de mayo de 2023, Jeanice Rodríguez Pagán y su cónyuge Luis A. Dávila Ortiz presentaron una demanda por cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños contra Universal Properties y contra el Municipio de Arroyo. Exigen el pago de $140,000 por concepto del dinero que pagaron a la empresa por una propiedad que nunca se les entregó y para que se les indemnice por los daños ocasionados a la familia que se ha visto privada de obtener una nueva propiedad.
El 20 de abril de 2022 el matrimonio pagó $90,000 para adquirir una casa en el barrio Ancones de Arroyo. Varios meses después vieron que la estructura estaba siendo remozada. Universal Properties Realty les dijo que las mejoras eran realizadas por su personal, pero luego el matrimonio se enteró de que la propiedad fue vendida por su dueño a otra persona, según consta en la página digital del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales. Cuando pidieron el reembolso de su dinero, Universal Properties Realty solo envió un cheque por $20,000, por lo que optaron por acudir a los tribunales.
En la demanda se argumenta precisamente que los cheques entregados por la pareja a Universal Properties Realty no fueron depositados en una cuenta de plica como dispone la ley sino en la cuenta regular de la compañía. El Municipio de Arroyo es codemandado porque la empresa actuaba en nombre del ayuntamiento.
Todo corredor, vendedor y empresa de bienes raíces tiene que tener una cuenta de plica activa si está utilizando su licencia de corretaje. Ahí es que se depositan los fondos que menciona la Ley 10, reiteró al CPI la presidenta de la Asociación de Realtors de Puerto Rico, Melissa Montero.
“Esas cuentas pueden ser auditadas por el Departamento de Asuntos del Consumidor y por la Junta Examinadora. No tiene opción”, sostuvo Montero.
Los municipios debieron supervisar adecuadamente el fiel cumplimiento del contrato, procurar que la empresa rindiera cuentas periódicamente sobre sus gestiones y sobre el dinero que recibían por opcionar las propiedades declaradas estorbos, sostuvo la Dra. Palmira N. Ríos González investigadora académica y expresidenta de la Red Interamericana de Educación en Administración Pública.
“Este nivel de negligencia, porque el término es negligencia, es lo peor de la administración pública porque es contrario al principio básico que nos dice que, si vas a empezar un proyecto, el que fuera, tienes que tener un plan de implementación, evaluación y monitoreo del mismo. Si las cosas no están funcionando como esperabas, haces un detente, haces ajustes y continúas. No hay nada malo en eso”, sostuvo Ríos González.
Para leer el resto de la historia, puede acceder a través del siguiente enlace: https://periodismoinvestigativo.com/2023/10/sin-casa-y-sin-dinero-en-el-limbo-compradores-de-estorbos-publicos/?mc_cid=b1aa161900&mc_eid=817b075d7f
FUENTE: cybernews
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