La defensa de Elizabeth Torres Rodríguez tiene hasta el 17 de mayo para responder una moción de sentencia sumaria sometida por el Departamento de Justicia. Mientras, el Departamento de Justicia tiene hasta esa misma fecha para contestar el pedido de desestimación de la demanda en la que se alega que la delegada congresional no informó sobre sus gestiones como estaba obligada a hacerlo.
Una moción de sentencia sumaria es una solicitud al Tribunal para que emita un fallo como cuestión de derecho.
El juez Anthony Cuevas adelantó que su evaluación se centrará en determinar si los informes de Torres Rodríguez, dos de ellos sometidos por escrito y uno en formato de video, cumplen con detallar las gestiones que haya hecho como delegada congresional electa para ejercer unas funciones.
El togado afirmó que no está en controversia si un video constituye un informe porque la ley no impone un formato, por lo que se consideraría válido siempre y cuando el contenido sea sobre el trabajo que realizado como parte de sus deberes.
Corona argumentó además que la demanda contra Torres Rodríguez atenta contra el derecho constitucional a la libre expresión y alegó que el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli impugnó los informes porque no le gustó el contenido y no coincide con las posturas políticas de la delegada.
El juez estableció que según la ley para Crear la Delegación Congresional de Puerto Rico, cada delegado está obligado a informar qué trabajos hizo.
“Yo no soy quién para decir cómo se puede cabildear, cómo ir al Congreso, a Estados Unidos o donde sea en apoyo a un ideal. No creo que como juez esté llamado a hacer eso. Los jueces no estamos llamados a eso porque no somos entes políticos, nosotros interpretamos la ley. Aquí no hay un ‘issue’ político, es cuestión de evaluar si ella cumplió. Esa es la controversia… El informe debe cumplir con lo que dice la ley. Ese es el análisis que vamos a hacer. Vamos a verificar dos informes y el video. Si cumple o si no cumple lo vamos a resolver”, declaró el juez.
El Departamento de Justicia presentó una demanda contra Torres Rodríguez para destituirla de su cargo, por entender que no estaba cumpliendo con sus deberes. La defensa de Torres alegó que los tribunales no debían intervenir por tratarse de una cuestión política.
Justicia alegó que "no se trata de un recurso político, sino que de una solicitud de destitución por el incumplimiento con el deber".
Aunque la demanda fue desestimada inicialmente, Justicia acudió al foro apelativo que determinó que la controversia planteada era justiciable y no constituía una cuestión política, por lo que el foro primario erró en su decisión.
El foro apelativo también señaló que “no podemos perder de perspectiva que, en la implementación de la Ley Núm. 167-2020, supra, existe erogación de fondos públicos que deben ser fiscalizados para evitar actos de corrupción y/o malversación de los mismos”.
FUENTE: elvocero.com