El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos comenzó a retirar las suspensiones que mantenían paralizadas las decisiones finales sobre solicitudes de naturalización y otros beneficios migratorios presentados por cubanos y venezolanos.
Para continuar, suscribite a americateve. Si ya sos un usuario suscripto, iniciá sesión.
SUSCRIBITEUSCIS reanuda los casos congelados tras la orden judicial. La medida no garantiza aprobaciones y cada solicitud seguirá bajo revisión individual y de seguridad.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos comenzó a retirar las suspensiones que mantenían paralizadas las decisiones finales sobre solicitudes de naturalización y otros beneficios migratorios presentados por cubanos y venezolanos.
La confirmación aparece en una respuesta fechada el 16 de julio y enviada a la congresista republicana María Elvira Salazar. En la comunicación, USCIS afirmó que está adoptando medidas inmediatas para eliminar los bloqueos restantes y que los casos de solicitantes cubanos y venezolanos deben comenzar a avanzar nuevamente.
La medida no se limita exclusivamente al Formulario N-400, utilizado para solicitar la naturalización.
Las políticas anuladas habían frenado decisiones finales relacionadas con solicitudes de asilo, permisos de trabajo, residencia permanente y ciudadanía, además de ordenar nuevas revisiones sobre determinados beneficios que ya habían sido aprobados.
La sentencia del 5 de junio anuló:
La suspensión de determinados beneficios migratorios.
La pausa general sobre decisiones de asilo.
La revisión integral de beneficios previamente aprobados.
La política que permitía considerar la nacionalidad como un factor negativo en decisiones discrecionales.
El juez concluyó que las medidas eran contrarias a la ley y “arbitrarias y caprichosas” bajo la Ley de Procedimiento Administrativo.
El tribunal emitió la sentencia final el 11 de junio. USCIS publicó al día siguiente un aviso de cumplimiento y reconoció que la anulación de las políticas tenía efecto inmediato y debía aplicarse en toda la agencia.
Esto significa que las oficinas de USCIS no pueden continuar utilizando los memorandos anulados para impedir decisiones finales sobre casos procedentes de los países afectados.
El Gobierno presentó una apelación ante el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito y pidió que la orden fuera suspendida mientras avanzaba el litigio.
Sin embargo, el juez rechazó esa solicitud el 15 de julio. En consecuencia, USCIS debe continuar procesando los expedientes mientras se resuelve la apelación, salvo que un tribunal superior adopte posteriormente otra decisión.
USCIS estableció en diciembre de 2025 una pausa sobre las decisiones finales de solicitudes presentadas por personas originarias de países considerados de “alto riesgo”.
La política fue ampliada en enero de 2026 y terminó afectando a personas de 39 países, entre ellos Cuba y Venezuela.
Aunque algunos trámites podían avanzar parcialmente, los funcionarios no podían aprobar, negar o cerrar definitivamente los expedientes alcanzados por la suspensión. También podían exigir nuevas entrevistas, verificaciones biométricas y revisiones de seguridad.
Las medidas provocaron que algunos solicitantes completaran sus entrevistas de ciudadanía, pero no recibieran una fecha para prestar juramento. Otros expedientes de residencia, permisos laborales y beneficios humanitarios quedaron sin decisión durante meses.
La eliminación de las pausas permite que USCIS vuelva a tomar decisiones finales sobre los expedientes.
Dependiendo de la etapa de cada caso, la agencia podrá:
Programar o reprogramar entrevistas.
Emitir solicitudes adicionales de evidencia.
Aprobar o negar las solicitudes.
Convocar ceremonias de naturalización.
Continuar las investigaciones de seguridad individuales.
La reactivación no significa que todos los casos serán resueltos inmediatamente ni que se procesarán necesariamente en el orden en que quedaron congelados. USCIS deberá revisar cada expediente de acuerdo con sus requisitos, antecedentes y circunstancias particulares.
El anuncio no concede automáticamente la ciudadanía estadounidense a los solicitantes cubanos.
Cada residente permanente deberá seguir demostrando que cumple los requisitos legales para naturalizarse. USCIS también podrá realizar verificaciones de antecedentes, solicitar documentos, efectuar entrevistas adicionales o negar un caso cuando determine que el solicitante no es elegible.
La comunicación de DHS significa que desaparece el bloqueo general basado en la nacionalidad, no que desaparezcan los controles migratorios y de seguridad.
La congresista María Elvira Salazar pidió en marzo al Departamento de Seguridad Nacional que reanudara las decisiones sobre ciudadanía y las ceremonias de naturalización para cubanos y venezolanos.
La legisladora sostuvo que decenas de miles de solicitantes en el sur de Florida habían quedado en un limbo administrativo, pese a ser residentes permanentes y haber completado buena parte de los controles requeridos.
Salazar solicitó que se restableciera el procesamiento sin eliminar las verificaciones reforzadas de seguridad.
“Estos casos están avanzando nuevamente tras la orden del tribunal federal”, indicó DHS en la respuesta posteriormente divulgada por la congresista.
Aunque la noticia tiene un impacto importante en la comunidad cubana del sur de Florida, el fallo no fue limitado a Cuba.
La decisión anuló las políticas que afectaban a solicitantes vinculados con decenas de países de África, Asia, América Latina y Medio Oriente. Entre los principales beneficiados también se encuentran los ciudadanos venezolanos que mantenían solicitudes de residencia, permisos de trabajo o naturalización sin resolución definitiva.
La orden judicial se refiere a la tramitación de beneficios migratorios por parte de USCIS.
No elimina automáticamente las restricciones presidenciales de entrada aplicables a determinadas nacionalidades ni crea nuevas visas, permisos de viaje o mecanismos de admisión.
En términos prácticos, el fallo favorece principalmente a personas que ya se encuentran en Estados Unidos y tienen solicitudes pendientes ante USCIS. Esta es una distinción jurídica derivada del alcance de las políticas anuladas por el tribunal.
La reanudación de las adjudicaciones no convierte el formulario I-220A en un parole ni concede automáticamente la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano.
Salazar ha realizado una gestión diferente para pedir al DHS que evalúe alternativas para cubanos con I-220A, especialmente aquellos sin antecedentes penales, pero hasta ahora no se ha anunciado una solución general para ese grupo.
Por tanto, los solicitantes deben diferenciar entre un expediente de naturalización que estaba congelado y un caso relacionado con la elegibilidad para ajustar estatus bajo la legislación cubana.
Los solicitantes deberán esperar comunicaciones individuales de USCIS mediante correo postal, su cuenta electrónica o los datos de contacto incluidos en sus expedientes.
Quienes ya completaron la entrevista podrían recibir una decisión o una convocatoria para el juramento. Los casos en etapas anteriores podrían ser programados para nuevas citas o revisiones.
La apelación del Gobierno continúa abierta, por lo que la situación jurídica todavía podría cambiar. No obstante, la negativa del tribunal a suspender la sentencia mantiene vigente la obligación de USCIS de avanzar con los casos que estaban paralizados.
Suscribite a nuestro Newsletter